MODELO DE ESCRITO DE ALEGATOS EN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

Ejecutivo mercantil.                                     

Expediente _____                                         

            C. JUEZ DÉCIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL

            _________________________, Abogado, en mi carácter de endosatario en procuración del actor, personalidad que tengo acreditada y reconocida en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:

            Que con fundamento en el artículo 1406 del código de Comercio, y encontrándose mi representado dentro del término de dos días que le fue concedido en auto de veinticinco de enero del año en curso, vengo a formular los siguientes

ALEGATOS

            I. Con la demanda inicial se adjuntó cheque librado por el demandado, mismo que fue devuelto por la institución de crédito librada por carencia de fondos suficientes para ser pagado. Este documento fue reconocido legalmente por el demandado al contestar la demanda, pues admitió que lo suscribió y que no fue pagado por fondos insuficientes, según los puntos I y II del capítulo de hechos de su escrito de contestación. Por tanto, el valor probatorio de esta documental es pleno, en los términos del artículo 1296 del Código de Comercio.


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            II. En los términos del artículos 1212 del Código de Comercio es judicial la confesión que se hace ante juez competente al contestar la demanda y tiene valor probatorio pleno, en los términos del artículo 1287 del mismo ordenamiento. En el presente caso, el demandado, al contestar su demanda, en los puntos I y II de su escrito de contestación admitió haber suscrito el cheque base de la acción y también admitió que dicho cheque no fue pagado por fondos insuficientes.

            III. Según lo dispuesto por el artículo 1294 del Código de Comercio, las actuaciones judiciales hacen prueba plena y, en la especie, en la diligencia de requerimiento de pago y embargo, el demandado que estuvo presente, ante el C. Actuario adscrito a este H. juzgado manifestó ”que reconoce adeudar el importe del cheque base de la acción” ”que no puede hacer pago y que no se señala bienes para embargo”, por lo que se acreditó plenamente la existencia del adeudo a cargo del demandado y la falta de pago del mismo.

            IV. El demandado, en su contestación de la demanda argumentó que hubo incumplimiento de deberes contractuales de mi representado y que por ello giró instrucciones al Banco para que se abstuviera de pagar el cheque pero, como se desprende de la certificación del Banco, el cheque no se dejó de pagar por haber habido instrucciones del librador, sino por fondos insuficientes, de tal manera que, el deudor no demostró las excepciones que hizo valer. La prueba confesional y la testimonial ofrecidas por el demandado no se desahogaron por causas imputables al mismo demandado ya que, no se fijó fecha para el desahogo de esas probanzas por no haber exhibido pliego de posiciones ni interrogatorio de preguntas a los testigos. En consecuencia, el demandado no demostró sus excepciones personales que opuso.

            V. Consecuentemente, siendo que la parte actora demostró su acción y el demandado no demostró sus excepciones, es procedente se dicte sentencia condenatoria en este juicio, en la que se decrete el trance y remate de los bienes embargados.

            Por lo expuesto,

            A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

            Primero. Tener por formulados los alegatos de la parte actora.

            Segundo. Previa citación a las partes, pronunciar sentencia de remate.             PROTESTO LO NECESARIO


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