Diccionario Legal – Términos con letra A

Abandono: Desamparo o dejación voluntaria o por presunción legal de las cosas, derechos, obligaciones, recursos, procesos, cargos o funciones. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 35ª Edición, Editorial Porrúa, México 2006, Página 13.
 Absolución: Sentencia que pone fin al proceso y declara al demandado libre de la demanda; o al reo, libre de la acusación formulada en su contra. González Quintanilla. José Arturo, Derecho Penal Mexicano, 9ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 215.
 Absolutorio: Se dice absolutoria la sentencia que declara absuelto al reo demandado civil o criminalmente, dándole por libre de acusación, de la pena del delito, de la deuda. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 40.
 Acción de la justicia: Es la facultad que tiene la autoridad para hacer valer en juicio el contenido del derecho. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 22ª Edición, Editorial Porrúa, México 1993, Página 11.
  Acción penal: Facultad de perseguir o hacer perseguir las responsabilidades por un delito, otorgada por el estado al Ministerio Público para que incite al órgano judicial competente a aplicar y hacer respetar el marco legal. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 48.
  Acción: Manifestación de la voluntad que mediante acción u omisión causa un cambio en el mundo exterior. La conducta externa voluntaria encaminada a la producción de un resultado. Es la conducta voluntaria que consiste en hacer o no hacer algo, que produce alguna mutación en el mundo exterior. Pavón Vasconcelos. Francisco, Derecho Penal Mexicano, 13ª Edición, Editorial Porrúa, México 1997, Página 221.
  Aclaración de Sentencia: Facultad conferida a las partes para pedirla y potestad del juez ejercida para aclarar algún concepto o suplir cualquier omisión de la sentencia con referencia a algún punto discutido en el litigio. La aclaración de sentencia, aunque existan opiniones en contrario, no es un verdadero y propio recurso, pues, evidentemente, en este caso no se trata de impugnarla, sino de conseguir su aclaración. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 44.
 Acta: Documento público que contiene la narración de un acontecimiento y en el que a requerimiento de parte se hace constar un hecho que presencie o le conste al juez. González de la Vega. Francisco, Derecho Penal Mexicano los Delitos, 39ª Edición, Editorial Porrúa, México 2010, Página 321.
 Acto: Las decisiones, providencias, mandamientos, diligencias y cualquier disposición de un juez en ejercicio de sus funciones. Zamora Jiménez. Arturo, Manual del Derecho Penal Parte Especial Análisis de los Delitos en México, 3ª Edición, Editorial Ángel Editor, México 2005, Página 58.
   Actuaciones judiciales: Conjunto de las actividades de un órgano jurisdiccional desarrolla en el curso de un proceso. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 56.
  Actuaciones: Comprenden los actos o diligencias de un proceso judicial. Conjunto de actos que conforman un pleito, un expediente o un proceso. Valleta. María Laura, Diccionario Jurídico, 7a Edición, Editorial Valleta, Argentina, 2004, Página 35.
 Actuario: Encargado de levantar las actas, el escribano ante quien pasan los autos. Escribanos de actuaciones en los juzgados de primera instancia. Jiménez Huerta. Mariano, Derecho Penal Mexicano Introducción a las Figuras Típicas, 7ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 271

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 Acusación: Imputación o cargo formulado contra la persona a la que se considera autora de un delito o infracción legal de cualquier género. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, Editorial Porrúa, 37ª Edición, México 2003, Página 58.
  Acusado: Persona contra la cual se ha formulado una acusación ante una autoridad competente. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 58.
 Acusador: Persona que formula la acusación ante el juez o Tribunal que entiende en un proceso penal. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 58.
        Administración: Conjunto de actos mediante los cuales los organismos del poder ejecutivo atienden a la realización de los servicios públicos. Fernández de León. Gonzalo, Diccionario Jurídico, 2ª Edición, Editorial ABC, México 2008, Página 70.
  Afianzamiento: Acto por medio del cual se asegura con una fianza el cumplimiento de una obligación. Quevedo Coronado. Ignacio, Derecho Mercantil, 2ª Edición, Editorial Pearson, México 2004, Página 352.   Afinidad: Parentesco que se contrae por el matrimonio entre el marido y los parientes de la mujer y entre esta y los de su cónyuge. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 35ª Edición, Editorial Porrúa, México 2006, Página 65.
 Agente diplomático: Representa internacionalmente los intereses del estado y sus relaciones con aquel ante el que se encuentran acreditados. Pavón Vasconcelos. Francisco, Derecho Penal Mexicano, 13ª Edición, Editorial Porrúa, México 1997, Página 163.
 Agravio: Daño o perjuicio ocasionado por una resolución, judicial o administrativa, por la aplicación indebida de un precepto legal o falta de aplicación indebida del que debió regir el caso, susceptible de fundar una impugnación contra la misma. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 65.
  Alcaide: funcionario o administrador que en las cárceles o presidios ejerce de jefe, el cargo de guardia de las personas privadas de la libertad. Instituto de Investigaciones Jurídicas, Diccionario Jurídico Mexicano, 1ª Edición, Editorial Porrúa, México 1985, Página 15.

  Alegato: Razonamiento o serie de ellos con los que los abogados de las partes, pretenden convencer al juez o tribunal de la justicia de la pretensión o pretensiones sobre las que están llamados a decidir. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 75.

  Analogía: Consiste, en atribuir a situaciones parcialmente idénticas, las consecuencias jurídicas que señala la regla aplicable al caso previsto. Pavón Vasconcelos. Francisco, Derecho Penal Mexicano, 13ª Edición, Editorial Porrúa, México 1997, Página 120.
  Anexar: Cada una de las partes agregadas a la documentación que integran un todo. Cabanellas de Torres. Guillermo, Diccionario Jurídico Elemental, Editorial Heliasta S.R.L., México 2008, Página 22.

   Apelable: Recurrir al juez o tribunal superior para que revoque, enmiende o anule la sentencia que se supone injustamente dada por el inferior. Valletta. María Laura, Diccionario Jurídico, 7ª Edición, Editorial Valleta, Argentina 2004, Página 62.

   Apelación: Medio ordinario de impugnación de resoluciones jurisdiccionales que permite someter una cuestión ya decidida en primera instancia a la reconsideración de un juez superior, competente para darle la solución que estime arreglada a derecho, tomando en cuenta los agravios formulados al efecto por la parte recurrente. Es el más importante de los Recursos judiciales ordinarios. Por medio de este recurso, el juicio pasa de la primera a la segunda instancia, sin que después esta, quepa ninguna otra, si bien la sentencia recaída en apelación puede ser impugnada, utilizando el juicio de amparo. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 108.
Apelar: Recurrir al tribunal superior, el litigante agraviado, para que anule, revoque, atenué o modifique la sentencia del inferior. Cabanellas de Torres. Guillermo, Diccionario Elemental Jurídico, 19ª Edición, Editorial Heliasta, México 2004, Página 35.
  Apercibimiento: Requerimiento hecho por el juez, para que uno ejecute lo que le manda o tiene mandado, o para que proceda como debe conminándole con multa, pena o castigo si no lo hiciere. Cabanellas de Torres. Guillermo, Diccionario Jurídico Elemental, 1ª Edición, Editorial Heliasta S.R.L., México 2008, Página 22.
   Apercibirá: Expresión judicial que advierte la aplicación de una sanción por no realizar una obligación dispuesta en una citación, notificación o mandato judicial. Zamora Jiménez. Arturo, Manual de Derecho Penal Parte Especial Análisis de los Delitos en México, 3ª Edición, Editorial Ángel Editor, México 2005, Página 195.
   Apoderado: Persona a favor de la cual otra a otorgado un poder que lo habilite para realizar en nombre de este determinados actos jurídicos en los términos señalados en dicho documento. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 35ª Edición, Editorial Porrúa, México 2006, Página 95.
 Apoderamiento: Acción o efecto de apoderar o apoderarse, otorgamiento de un poder a persona determinada. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 35ª Edición, Editorial Porrúa, México 2006, Página 96.
    Aprehender: Capturar personalmente a alguien. Díaz de León. Marco Antonio, Diccionario de Derecho Procesal Penal Tomo I, Editorial Porrúa, México 1986, Página 25.
 Aprehensión: En el proceso penal, medida cautelar que consiste en la captura del procesado penalmente únicamente puede ser decretado por el juez. Díaz de León. Marco Antonio, Diccionario de Derecho Procesal Penal Tomo I, Editorial Porrúa, México 1986,Página 25.
    Apremio judicial: Actividad judicial destinada a ser efectivo coactivamente el mandato contenido en una resolución del Juez o Tribunal, que es desobedecida por el destinatario. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 35ª Edición, Editorial Porrúa, México 2006, Página 96.

 Apremio: Mandamiento de autoridad judicial para compeler al pago de alguna cantidad al cumplimiento de otro acto obligatorio. Valleta. María Laura, Diccionario Jurídico, 2ª Edición, Editorial Valleta, Argentina 2001, Página 61.
     Arraigar: Caucionar la resueltas del juicio en legal forma. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 111.
  Arraigo: Medida precautoria que privativa de la libertad dictada por el juez para asegurarse que un imputado acuda a juicio. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 22ª Edición, Editorial Porrúa, México 1993, Página 21.
  Arresto: Corta privación de libertad, que puede ser impuesta por autoridad judicial o administrativa. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 111.
 Artículo: Partes de una ley, código, decreto o reglamento en que aparecen contenidas sus diferentes disposiciones. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 107.
     Asequible: Que puede conseguirse o alcanzarse. Valletta. María Laura, Diccionario Jurídico, 7ª Edición, Editorial Valleta, Argentina 2004, Página 70.
     Asesor: Ayudar con el consejo el dictamen. Díaz de león Marco Antonio, Diccionario de Derecho Procesal Penal Tomo I, Editorial Porrúa, México 1986, Página 40.
 Asociación: No es más que el pacto realizado entre varias personas para consumar un delito para utilidad común o respectiva de todos los asociados. Pavón Vasconcelos. Francisco, Derecho Penal Mexicano, 13ª Edición, Editorial Porrúa, México 1997, Página 547.
 Atribución: Cada una de las atribuciones que le corresponden a una persona por razón de su cargo. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 35ª Edición, Editorial Porrúa, México 2006, Página 112.
  Audiencia: En sentido procesal, complejo de actos de varios sujetos, realizados con arreglo a formalidades preestablecidas, en un tiempo determinado, en la dependencia de un juzgado o tribunal destinada al efecto, para evacuar tramites precisos para que el órgano jurisdiccional resuelva sobre las pretensiones formuladas por las partes, o por el Ministerio Público en su caso. de Pina Vara .Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 114.
  Autenticidad: Calidad de un acto derivado de la intervención en la formación del mismo de quien tiene a su cargo la fe pública que se traduce en la consideración de su contenido como verdadero y cierto. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 35ª Edición, Editorial Porrúa, México 2006, Página 112.
   Auto de formal prisión: Resolución judicial emanada del órgano jurisdiccional competente durante el proceso penal, en cuya virtud se fija la calificación legal de un hecho consignado por la acusación del Ministerio Publico y se atribuye a una persona la responsabilidad penal en grado de probabilidad. Cabanellas de Torres. Guillermo, Diccionario Jurídico Elemental, 1ª Edición, Editorial Heliasta S.R.L., México 2008, Página 24.
 Auto: Resolución judicial dictada en el curso del proceso y que, no siendo de mero trámite, ni estar destinada a resolver sobre el fondo, sirve para preparar la decisión, pudiendo recaer sobre la personalidad de alguna de las partes, la competencia del juez o la procedencia o no de la admisión de pruebas, por ejemplo. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 115.
 Autor material: Persona que físicamente ejecuta los actos descritos en la ley. Pavón Vasconcelos. Francisco, Derecho Penal Mexicano, 13ª Edición, Editorial Porrúa, México 1997, Página 551.
  Autoridad: Potestad legalmente conferida y recibida para ejercer una función publica, para dictar al efecto resoluciones cuya obediencia es indeclinable bajo la amenaza de una sanción y la posibilidad legal de su ejecución forzosa en caso necesario. de Pina Vara .Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 115
    Auxiliatoria: La provisión o despacho que se da por los tribunales superiores para que se obedezcan y cumplan los mandatos y providencias de los inferiores y de otros tribunales y jueces. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 118
 Avería: Gasto extraordinario o eventual que para la conservación del buque, del cargamento o de ambas cosas ocurra durante la navegación.

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