Paradero: Lugar donde está, vive o ha ido a parar alguien o algo.
Valleta. María Laura, Diccionario Jurídico, 2ª Edición, Editorial Valleta, Argentina 2001, Página 500.
Parte: Persona que interviene pro su propio derecho en la producción de un contrato o acto jurídico de cualquier especie. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 396.
Peculiar: propio o privativo. Díaz de León. Marco Antonio, Diccionario de Derecho Procesal Penal Tomo I, Editorial Porrúa, México 1986, Página 339.
Pecuniarios: Perteneciente al dinero en efectivo. Valletta. María Laura, Diccionario Jurídico, 7ª Edición, Editorial Valleta, Argentina 2004, Página 535.
Pedimento: Petición o Manifestación oral o escrita de algo que se pide a un órgano jurisdiccional. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 401.
Pena accesoria: Pena que por disposición legal expresa debe acompañar a otra. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 22ª Edición, Editorial Porrúa, México 1993, Página 401.
Pena capital: Se denomina así a la pena de muerte. Esta pena en México esta prohibida para los delitos políticos, y en cuanto a los demás podrá imponerse al traidor de la patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de los delitos graves del orden militar. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 401.
Pena corporal: Es la que afecta directamente a la persona
delincuente, como las de privación de la libertad y muerte.
de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 401.
Pena infamante: Sanción penal que afecta al honor y dignidad de la persona sobre la que recae. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 401.
Pena pecuniaria: Es aquella que se hace efectiva sobre el patrimonio del condenado, representando una disminución del mismo. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 401.
Pena: Contenido de la sentencia de cadena impuesta al responsable de una infracción penal por el mismo órgano jurisdiccional penal por el órgano jurisdiccional competente, que puede afectar a la libertad, a su patrimonio o al ejercicio de sus derechos. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 22ª Edición, Editorial Porrúa, México 1993, Página 390.
Penalidad: Sanción correspondiente a una infracción penal. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 401.
Penalista: Persona especializada en derecho penal. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 401.
Penitenciaria: Establecimiento público destinado a la ejecución de las penas de privación de la libertad. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 401.
Penología: Rama de la ciencia penal que tiene como objeto el estudio de las penas y de las medidas de seguridad y de los sistemas penitenciarios. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 401.
Pericial: Verificación e informe correspondiente que realiza una persona capacitada en la materia que requiere su intervención. Valleta. María Laura, Diccionario Jurídico, 1ª Edición, Editorial Valleta, Argentina 1999, Página 517.
Perito: Persona que puede ilustrar al juez o tribunal acerca de los diferentes aspectos de una realidad concreta, para cuyo examen se requiere conocimientos especiales en mayor grado que los que entran en el caudal de una cultura general media. Martínez Morales. Rafael, Diccionario Jurídico General, 1ª Edición, Editorial Iure Editores, México 2006, Página 429.
Perjuicio: Ganancia ilícita que deja de abstenerse, o deméritos,
gastos que ocasionan por acto u omisión de otro y este debe
indemnizar.
Díaz de León. Marco Antonio, Diccionario de Derecho Procesal Penal, Tomo II, Editorial Porrúa, México 1997,
Página 398.
Perjuro: Persona que jura en falso. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 22ª Edición, Editorial Porrúa, México 1993, Página 403.
Permisionarios: Persona a favor de la cual se extiende un permiso o autorización, generalmente en México para la prestación del servicio de transporte. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 403.
Pertinente: Lo que hace al caso o viene a propósito y así se admite por el juez un interrogatorio en cuanto es pertinente. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 413.
Petición: Derecho reconocido por la constitución a los ciudadanos, en virtud del cual estos pueden dirigirse a las autoridades en demanda de algo que estime justo inconveniente. A este derecho hacen referencia los artículos 8° y 35, fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 405.
Póliza: Documento en el que se hace constar los pactos y condiciones propios de la contratación mercantil. Quevedo Coronado. Ignacio, Derecho Mercantil, 2ª Edición, Editorial Pearson, México 2006, Página 223.
Preclusión: Imposibilidad de realizar un acto procesal fuera del periodo o estadio en que deba llevarse efecto según la ley que lo regule. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 418.
Preso: Persona que se encuentra sometida a prisión.
de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 418.
Presunción judicial: Consecuencia que según el prudente arbitrio del juez, deduce de un hecho conocido la existencia de un hecho desconocido. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 22ª Edición, Editorial Porrúa, México 1993, Página 416.
Presunción: Operación lógica mediante la cual, partiendo de un hecho conocido, se llega a la aceptación como existen de otro desconocido o incierto. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 416.
Primera instancia: Etapa del proceso que va desde la demanda hasta la primera sentencia definitiva que sobre ella se dicte. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 418.
Prisión Preventiva: Privación de la libertad corporal destinada a mantener a los procesados en seguridad durante la tramitación del sumario, en aquellos casos expresamente señalados por la ley. La prisión preventiva no puede prolongarse por más tiempo del que como máximo fije la ley al delito que motivare el proceso. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 419.
Prisión: Sanción penal consistente en la privación de la libertad corporal. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 419.
Proceder: Incoar o seguir un proceso. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 420.
Procedimiento ordinario: Es el que se sigue para la tramitación de un juicio ordinario, desacuerdo con las normas del código procesal aplicable al caso. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 420.
Procedimiento sumario: Conjunto de las formalidades preestablecidas para la tramitación de un juicio o proceso sumario. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 420.
Procedimiento: Conjunto de formalidades o trámites a que están sujeta la realización de los actos jurídicos civiles, procesales, administrativos y legislativos. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 420.
Procesado: Persona sometida a proceso penal para ser juzgada por la comisión de un delito que se imputa. Díaz de León, Marco Antonio, Diccionario de Derecho Procesal Penal Tomo I, Editorial Porrúa, México 1986, Página 338.
Procesamiento: Acto procesal en virtud del cual el imputado queda formalmente sujeto a las resultas de un proceso. Rodríguez. Ismael, Manual de Redacción Jurídica, 6ª Edición, Editorial Lazcano Garza Editores, México 2008, Página 166.
Procesar: Dictar un auto de procesamiento contra persona o
personas determinadas.
de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 420.
Proceso: Conjunto de actos regulados por la ley y realizados con la finalidad de alcanzar la aplicación judicial del derecho u objetivo y la satisfacción consiguiente del interés legalmente tutelado en el caso concreto, mediante una decisión del juez competente. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 420.
Procurador General de Justicia: Funcionario público al servicio de la Procuraduría de Justicia que desempeña las actividades inherentes al Ministerio Publico. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 421.
Procurador: Profesional del derecho que cumple el proceso la función de representar a las partes. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 421.
Procuraduría de justicia: Institución que cumple las funciones atribuidas al Ministerio Publico por las disposiciones orgánicas correspondientes, bien en el orden federal, bien en el Distrito Federal o las entidades federativas. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 32a Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 421.
Promoción: Actividad dirigida a promover, a iniciar un proceso y seguirlo hasta su conclusión. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 22ª Edición, Editorial Porrúa, México 1993, Página 235.
Providencia precautoria: Resolución que dicta el juez con objeto de garantizar la eficacia de la sentencia emite como por ejemplo el embargo. Díaz de León. Marco Antonio, Diccionario de Derecho Procesal Penal Tomo I, Editorial Porrúa, México 1986, Página 96.
Provocación: Actividad encaminada a mover el ánimo de aquel sobre quien se actúa, precisamente para determinarlo a ejecutar el hecho delictuoso. Pavón Vasconcelos. Francisco, Derecho Penal Mexicano, 13ª Edición, Editorial Porrúa, México 1997, Página 514.
Prueba plena: Se tiene como tal aquélla que se considere suficiente para la demostración de la existencia o de la inexistencia de un hecho o acto jurídico alegado en el proceso. de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Página 425.
Prueba: Actividad procesal encaminada a la demostración de la
existencia de un hecho o acto o de su existencia.
de Pina Vara. Rafael, Diccionario de Derecho, 37ª Edición, Editorial Porrúa, México 2008, Página 424.
Punibilidad: La amenaza que el estado asocia a la violación de los deberes consignados en las normas jurídicas, dictadas para garantizar la permanencia del orden social. Pavón Vasconcelos. Francisco, Derecho Penal Mexicano, 13ª Edición, Editorial Porrúa, México 1997, Página 497.